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Preguntas Más Frecuentes
DESCARGO DE RESPONSABILIDAD:
Las respuestas aquí brindadas son enunciados breves que explican un sistema de derecho muy complicado. Casi siempre hay excepciones o salvedades para estas respuestas. Consulte siempre con un funcionario de servicio profesional antes de proceder basándose en lo que lee más abajo.


Haga clic aquí para ver las Preguntas Más Frecuentes del Departamento de Asuntos de Veteranos de E. U.


Preguntas sobre la Enmienda 7
¿Su departamento es responsable por mis beneficios del AV?

Respuesta:  No.  Existe una distinción entre el Departamento de Asuntos de Veteranos de FLORIDA (FDVA, por su sigla en inglés) y el Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos. Los beneficios del AV son beneficios FEDERALES y provienen del Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos. Este departamento NO está relacionado oficialmente con el Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos., y no tiene jurisdicción sobre ellos. Sin embargo, los funcionarios de servicio de nuestro departamento pueden asistir a los floridanos en sus intentos de obtener sus beneficios o asesorarlos sobre dónde recurrir para obtenerlos. En las siguientes preguntas y respuestas, la sigla AV se refiere al Departamento de Asuntos de Veteranos de los Estados Unidos.


¿Si mi cónyuge muere mientras se encuentra hospitalizado en un hospital o residencia para veteranos del Departamento de Asuntos de Veteranos (AV), o en una clínica que tiene contrato con el AV, ¿ayudará el AV a costear los gastos de entierro y traslado?

Respuesta: Sí. Todo veterano de guerra que haya servido en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos y muera después de haber sido ingresado correctamente en un establecimiento médico del AV, una clínica del AV, o una clínica privada con contrato con el AV tiene derecho a los beneficios de entierro. También dispone de un subsidio para traslado. 38 CFR 3.1605 (1)


¿Puede la viuda de un veterano de guerra que estaba percibiendo una Indemnización por Dependencia e Indemnidad (DIC, por sus siglas en inglés) finalizada por haber contraído matrimonio nuevamente, volver a percibir este beneficio en caso de divorcio o muerte de su cónyuge actual?

Respuesta: Una viuda vuelve a tener el derecho a recibir los beneficios DIC basados en un matrimonio anterior con un veterano de guerra si el nuevo matrimonio del cónyuge sobreviviente se termina por razones de muerte, divorcio o anulación. Se requieren ciertas pruebas para establecer el estado del cónyuge sobreviviente a la fecha de la muerte del veterano de guerra. La reanudación de los beneficios puede hacerse solo a partir del 1 de octubre de 1998 aún si la cesación de la relación ocurrió antes de esta fecha. 38 CFR 3.55 (a)(i)(ii)


¿Con quién debo ponerme en contacto por temas relacionados con el entierro en un cementerio nacional?

Respuesta: El entierro en un cementerio nacional de un veterano o familiar a su cargo que reúna los requisitos se tramita, por lo general, a través del director de una funeraria o el director del cementerio nacional ubicado en las proximidades del hogar del veterano.


¿Qué es la "Designación de un Representante en Servicio" y por qué necesito uno?

Respuesta: TEl AV utiliza un Formulario AV 21-22 (Designación de un Representante en Servicio) que autoriza al solicitante a tener representación profesional al momento de continuar con su solicitud ante el AV. 38 CFR 1.525 (a)


Si selecciono una Organización de Servicio como mi representante, ¿debo pagar algo o asistir a alguna reunión?

Respuesta: Las organizaciones seleccionadas para representar a los solicitantes ante el AV deben declarar que no cobrarán ni aceptarán el pago de honorarios o gratificaciones. No se requiere la membresía en la Organización ni la asistencia a reunión alguna, pero esto está permitido. 38 CFR 14.628 (e)(7)


¿Cómo me inscribo en el Sistema Médico del AV?

Respuesta: Visite cualquier establecimiento de atención médica del AV. Antes de dirigirse al establecimiento asegúrese de que posee y lleva consigo su DD-214 (Certificado de Baja de las Fuerzas Armadas) que demuestre la naturaleza de la baja. Puede visitar cualquier oficina del FDVA ubicada en los Centros médicos del AV o dirigirse a la "Sección de Inscripción"del AV del establecimiento.


¿El AV surtirá las recetas de mi médico particular?

Respuesta: Puede traer las recetas al AV si está inscripto y si su Proveedor Atención Primaria está de acuerdo con la medicación. Él o ella puede otorgarle una receta AV para la medicación.

NOTA: El médico AV puede consentir o negar la necesidad de dicha medicación.


Deseo realizar una solicitud por la Enfermedad del Agente Naranja. ¿Qué hago?

Respuesta: Debe estar recibiendo tratamiento o tener un diagnóstico de una enfermedad o incapacidad específica como resultado de la exposición. Puede presentar esta información a su representante local quien lo ayudará a completar los formularios de solicitud ante el AV. Tal vez desee ponerse en contacto con el centro médico AV más cercano para obtener información sobre el Registro del Agente Naranja (este enlace requiere Adobe Acrobat Reader). 38 C.F.R. 3.309 (e)


¿Cómo inicio la Solicitud de Registros de Personal Militar?

Puede hacerlo online en esta dirección:
http://vetrecs.archives.gov


¿Hay puntos de contacto especiales en los Centros Médicos AV para veteranas de guerra de sexo femenino?

Respuesta: En Florida, los VAMC poseen "Coordinadores de Veteranas." Establecimientos para Mujeres.


¿Dónde están las Residencias Estatales de Veteranos en Florida?

Respuesta: FDVA opera seis centros para tratamientos prolongados en los siguientes lugares: Daytona Beach (Volusia County), Lake City, Land O' Lakes (Pasco County), Pembroke Pines (Broward County), Port Charlotte (Charlotte County) y Springfield (Bay County).

Ver Residencias para Veteranos



¿En dónde puedo conseguir una solicitud para una Residencia Estatal en Florida?

Respuesta: En cualquier Oficina del Departamento de Asuntos de Veteranos de Florida u Oficina de Servicio del Condado o llame a la oficina de admisiones del hogar. Teléfono #: (904) 274-3460. County Veterans' Service Officers


¿Cuánto recibirá mi cónyuge según el Plan de Beneficios para Sobrevivientes (SBP por sus siglas en inglés)?

Respuesta: El máximo que puede recibir su cónyuge es el 55% de su sueldo bruto de retiro. Para obtener más información debe ponerse en contacto con la oficina de finanzas de Rentas Vitalicias de Militares Retirados.


¿A dónde debo dirigirme para obtener una tarjeta de Identificación Militar?

Respuesta: Póngase en contacto con la instalación militar más cercana. Necesita la sección "Pase & I.D.". Tal vez necesite obtener una declaración de discapacidad del AV para determinar si se cumplen los requisitos.


¿Se otorga licencia administrativa a los empleados estatales que deben acudir a una cita relacionada con su incapacidad como resultado de su servicio?

Respuesta: A un empleado, a quien el AV le reconoce una incapacidad relacionada con su servicio y le haya programado un nuevo examen o tratamiento para dicha incapacidad, se le otorgará, con la previa presentación de la confirmación escrita de que efectivamente fue citado, una licencia administrativa no mayor de seis días calendarios de cualquier año calendario para dicho examen o tratamiento sin afectar su sueldo, beneficios o calificación de eficiencia. 60K-5.032(3)(I) F.A.C. FAC Reference Data


¿Dónde se encuentran los hospitales del AV en Florida?

Respuesta: Existen seis hospitales AV en toda Florida. Estos son: Gainesville, Lake City, Tampa, Bay Pines (St. Petersburg), West Palm Beach, y Miami. Facilities Page.


¿Dónde se encuentran los centros de atención de pacientes ambulatorios del AV en Florida?

Respuesta: Existen ocho Centros de Atención de Pacientes Ambulatorios del VA en toda Florida. Estos son: Jacksonville, Pensacola, Tallahassee, Orlando, Ft. Myers, Daytona Beach, Oakland Park, y Port Richey. FDVA Facilities.


¿Quiénes reúnen los requisitos para obtener la pensión no relacionada con el servicio (NSC por sus siglas en inglés)?

Respuesta: La pensión es un beneficio que el AV otorga a los veteranos dados de baja en circunstancias honorables que hayan cumplido al menos 90 días de servicio y al menos un día durante un período de guerra y se encuentran incapacitados debido a incapacidades no relacionadas con su servicio y cuyo ingreso es menor al límite permitido. 38 C.F.R 3.3 (3)


¿Si contraigo matrimonio nuevamente dejo de recibir mi pensión?

Respuesta: No necesariamente. Si su nuevo cónyuge percibe ingresos, esto debe serle notificado inmediatamente a AV con la información correspondiente al nuevo ingreso para determinar si es necesario realizar algún ajuste a su beneficio de pensión mensual. 38 C.F.R 3.3 (3)


¿Existe algún listado de toda la información que tengo que presentar para hacer una solicitud ante AV?

Respuesta: Debido a la complejidad del sistema AV, los formularios necesarios para presentar una solicitud varían. Debe ponerse en contacto con su representante local o llamar al 1-800-827-1000, seleccionar la Opción 0 y Opción 0 otra vez y discar la extensión 7400 para obtener asistencia. Listado de Condados de Florida.


¿Puedo cambiar mi domicilio llamando al número 1-800?

Respuesta: Sí. Después de la llamada debe presentarse el formulario del AV 572 (cambio de domicilio). VA Home Page o al número gratuito # 1-800-827-1000, seleccione la Opción 1 para hablar con un consejero.


¿Qué porcentaje de calificación para compensación por discapacidad debo tener para obtener una asignación adicional para familiares a cargo?

Respuesta: Una asignación adicional para familiares a cargo se otorga en casos de una calificación por discapacidad del 30% o mayor para los beneficios de compensación. 38 C.F.R. 3.4 (b)(2)


La salud de mi marido está muy deteriorada y no puede salir sin ayuda. ¿Asigna el AV dinero adicional a la pensión para veteranos que necesitan ayuda?

Respuesta: Se otorga una asignación adicional por Pensión Mensual Especial (SMP, por su sigla en inglés) en caso de que no pueda salir o tenga una calificación de "Aid & Attendance" (Ayuda y Asistencia). El monto específico dependerá del nivel de incapacidad y del total de ingresos familiares demostrables. 38 C.F.R. 3.351


¿Cómo puedo obtener una Tarjeta de Identificación como Veterano incapacitado de Florida?

Respuesta: Consiga una solicitud del FDVA. Las tarjetas de ID se emiten para veteranos calificados con una discapacidad Permanente y Total (P&T) del 100% a causa de su prestación de servicios ya sea por el AV o por el Departamento de Defensa. (Se determina que una discapacidad es permanente cuando el AV no ha programado un examen de rutina futuro.) FS 295.17


Tengo una baja honorable, pero nunca presenté una solicitud ante el AV. Recientemente, ingresé en la sala de emergencias de mi hospital local. ¿Pagará el AV la factura de esta visita?

Respuesta: Para que el AV asuma la responsabilidad financiera de la atención en la sala de emergencias, el veterano debe haber prestado servicios en un 50% o más, o el tratamiento en la sala de emergencias debe ser consecuencia de una afección relacionada con la prestación de servicios. Se debe notificar al AV dentro de los 15 días del tratamiento en la sala de emergencias. El veterano puede llamar e informar al AV 38 C.F.R. 17.50b (a) (1) (i) (ii) (iii) (iv) (v).


¿Qué quiere decir el AV cuando exige que presente evidencia nueva y concreta? Presenté una constancia del médico. ¿No es nueva y concreta?

Respuesta: Evidencia nueva y concreta significa que no se presentó previamente a quienes toman decisiones en el AV y que tiene relación directa y sustancial con el asunto específico en cuestión, que no es redundante ni acumulativa, y que es, por sí misma o en relación con la evidencia previa, tan significativa que se la debe considerar para tomar una decisión justa sobre los méritos de la solicitud. 38 C.F.R. 3.156 (a)


¿Cuáles son los requisitos para que los restos cremados de un veterano sean ubicados en el Arlington National Cemetery?

Respuesta: Las siguientes pautas explican los requisitos que se deben cumplir para acceder al Arlington National Cemetery. Requisitos para el Columbarium: Las siguientes personas pueden ser puestas en urnas en el Columbarium. El último período de cumplimiento activo del deber (que no fuera el entrenamiento) de ex-miembros de las Fuerzas Armadas debe haber finalizado de manera honorable.

  • Todo miembro de las Fuerzas Armadas que muera en cumplimiento activo del deber.


  • Todo ex-miembro de las Fuerzas Armadas retirado del cumplimiento activo del deber.


  • Todo ex-miembro de las Fuerzas Armadas que haya servido de manera activa (que no fuera entrenamiento).


  • Todo miembro de la Reserva de las Fuerzas Armadas que muera mientras esté:
    • En entrenamiento en guardia activa o prestando servicio full-time según el Artículo 32, del Código de los Estados Unidos..


    • Viajando con autorización hacia dicha guardia o servicio o desde el mismo.


    • En entrenamiento en reserva autorizado inclusive el entrenamiento realizado como miembro de la Guardia Nacional Armada (Army National Guard) o la Guardia Nacional Aérea (Air National Guard) (23 USC 502).

    • Hospitalizado o bajo tratamiento con cobertura por cuenta de los Estados Unidos por lesiones o enfermedades sufridas o contraídas mientras cumplía con su guardia o servicio, viajaba o entrenaba en reserva, o se encontraba hospitalizado o bajo tratamiento por cuenta de los Estados Unidos.


  • Todo miembro del Cuerpo de Entrenamiento de Oficiales de Reserva (Reserve Officers' Training Corps) de la Armada, Marina, o Fuerzas Aéreas que muera mientras esté...
    • En algún campamento de entrenamiento autorizado.


    • En un crucero de práctica autorizada.


    • Viajando con autorización hacia o desde ese campamento o crucero.


    • Hospitalizado o bajo tratamiento por cuenta de los Estados Unidos por lesiones o enfermedades contraídas mientras asistía a un campamento o crucero, realizaba dicho viaje, o se encontraba hospitalizado o bajo tratamiento por cuenta de los Estados Unidos.


  • Todo ciudadano de los Estados Unidos que, durante una guerra en la que participaron los Estados Unidos, sirvió en las Fuerzas Armadas de cualquier gobierno aliado de los Estados Unidos durante esa guerra; cuyo último servicio haya finalizado de manera honorable por muerte o de alguna otra manera; y quien fuera ciudadano de los Estados Unidos al momento de ingresar en ese servicio y al momento de la muerte.


  • Algunos funcionaros designados de la Administración Nacional Atmosférica y Oceánica (National Oceanic and Atmospheric Administration ) (antiguamente Estudio Costero y Geodésico de los Estados Unidos (United States "Coast and Geodetic Survey")).
  • Algunos funcionaros designados del Servicio de Salud Pública de los Estados Unidos.


  • Cónyuges y menores y algunos adultos y niños de los que reúnen lo requisitos anteriores.


  • Toda persona que reúne los requisitos para ser enterrada.

    Un antiguo miembro de un grupo que haya sido certificado como servicio militar activo con el objeto de recibir los beneficios del AV según las disposiciones del Artículo 401, Derecho Público 95-202. Se puede encontrar más información en: http://www.arlingtoncemetery.org/index.htm



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Updated As Of: May 9, 2008

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